RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A LA SALUD. ACTOS SANITARIOS Y CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A LA SALUD. ACTOS SANITARIOS Y CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

Editorial:
ARANZADI
Año de edición:
Materia
Medicina Legal - Medicina Forense
ISBN:
978-84-1391-138-0
Páginas:
400
N. de edición:
1
Idioma:
Español
Disponibilidad:
Disponible en 1 semana

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Analiza en profundidad la responsabilidad patrimonial de la Administración y la responsabilidad civil extracontractual, centrándose en dos ámbitos: el sanitario y ambiental (inmisiones acústicas) realizando una radiografía de esta figurada, examinando con detalle los aspectos más actuales a través de un exhaustivo análisis jurisprudencial comparando la postura de las Salas 1ª y 3ª del TS.
• Contiene la jurisprudencia más reciente en relación con la responsabilidad administrativa y civil en el ámbito sanitario.
• Realiza una exhaustiva comparativa de la jurisprudencia de las salas 1ª y 3ª del TS en aspectos muy conflictivos, como por ejemplo en relación con el consentimiento informado o las infecciones nosocomiales y trata de arrojar luz sobre cuál será la postura de nuestros tribunales al resolver las reclamaciones por daños consecuencia de la pandemia originada por el COVID- 19.
• Estudia los distintos mecanismos de protección frente a dos daños causados a la salud con un origen totalmente distinto: actos médicos y contaminación acústica, con un enfoque práctico y didáctico ya que a lo largo de la obra se van planteando continuamente preguntas que invitan al lector a la reflexión y ayudan a una mejor comprensión de las respuestas otorgadas por la autora.

Autora
María Zaballos Zurilla es profesora de Derecho en la Universidad de Castilla-La Mancha Destinado a abogados, expertos en el derecho sanitario y profesionales del ámbito de la responsabilidad sanitaria.

La responsabilidad patrimonial de la Administración pública es considerada como una de las mayores garantías de los ciudadanos frente a los daños consecuencia de la actividad (o inactividad) por parte de los poderes públicos. Durante décadas se ha defendido a ultranza el carácter objetivo de este tipo de responsabilidad basado en la idea de antijuridicidad del daño. Esta caracterización es revisada a lo largo del presente trabajo donde se pone de manifiesto cómo los sistemas de responsabilidad patrimonial de la Administración y la responsabilidad civil cada vez son más próximos, pues la responsabilidad patrimonial no es más que la responsabilidad civil de la Administración.

Para ello se realiza un profundo estudio jurisprudencial en materia de responsabilidad patrimonial sanitaria, en el que se abordan los criterios claves seguidos por los órdenes jurisdiccionales administrativo y civil para proteger al consumidor de los daños causados por el servicio público sanitario, entre otros, por infracción de la lex artis, daño desproporcionado, pérdida de oportunidad, etc. Daños que van a surgir de la asistencia sanitaria prestada de manera deficiente, ya sea en el ámbito público o privado. También, dada la crisis sanitaria desencadenada por el COVID-19 se trata de arrojar luz sobre la posible postura de nuestros tribunales al resolver el aluvión de reclamaciones por los daños consecuencia de la pandemia, o mejor dicho de las medidas adoptadas para hacerle frente o la ausencia de estas.

Habida cuenta del importante daño que las inmisiones acústicas pueden causar a la salud, se incluyen en el trabajo varios capítulos sobre las mismas, analizando los mecanismos que en sede de responsabilidad ofrecen las vías administrativa y civil. Se compara la tutela ofrecida por ambas y se analizan daños cuyo origen es diverso, pues en materia de responsabilidad acústica, a diferencia de lo que sucede en sede de responsabilidad sanitaria en sentido estricto, el daño no surge siempre de la actividad desarrolla por la Administración, sino que también puede tener su origen en la conducta llevaba a cabo por un particular. No obstante, el interés se centrará en la responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de los servicios públicos, preferente municipales, por daños a la salud provocados por la contaminación acústica.